Firmas electrónicas para bufetes de abogados, con precio por envío, no por usuario

Firmas electrónicas para bufetes de abogados, con precio por envío, no por usuario

Firma.dev cobra 0,049 € por sobre, sin mínimo mensual ni tarifas por usuario. Sube documentos, coloca campos, envía, con registro de auditoría completo y conforme con ESIGN/UETA/eIDAS.

Firma.dev cobra 0,049 € por sobre, sin mínimo mensual ni tarifas por usuario. Sube documentos, coloca campos, envía, con registro de auditoría completo y conforme con ESIGN/UETA/eIDAS.

Ilustración de firma electrónica legal con la balanza de la justicia e iconos de mazo.
"Pila de documentos con fuego

Lo que le cuesta a un bufete de abogados una firma estancarse en una firma

Un contrato de servicios profesionales (retainer agreement) permanece sin firmar en la bandeja de entrada de un cliente durante cuatro días antes de que alguien haga un seguimiento. Un acuerdo de confidencialidad (NDA) necesario antes de una llamada se pospone para «después del almuerzo» y se olvida hasta que alguien lo reclama.

La firma es el momento en que comienza la representación, se establece la confidencialidad o una condición de acuerdo se vuelve vinculante, y cada día que permanece abierto es un día en que la firma está expuesta sin el rastro documental que respalde lo que realmente se ha acordado.

Esa exposición se acumula en cada contrato de servicios, acuerdo de confidencialidad (NDA) y documento de acuerdo que una firma envía en un mes.

Un rastro de auditoría es lo que protege a una empresa cuando se cuestiona una firma

Las firmas impugnadas suelen deberse a la falta de registros: quién firmó, cuándo, desde dónde y qué versión del documento vio. Firma.dev genera automáticamente un registro de auditoría completo de cada documento firmado, con marca de tiempo y vinculado al archivo exacto que se envió. Ese es el registro que un proveedor de seguros por negligencia profesional, un abogado contrario o un cliente realmente quieren si alguna vez se cuestiona una firma.

Mapa oscuro ilustrado con un recorrido punteado morado, que incluye símbolos como un marcador de ubicación, corchetes de código, una firma y una bandera, que representa un viaje o un proceso.

No se requiere desarrollador para envíos individuales y de pequeñas firmas

Cualquier persona de la empresa puede enviarlo

Cualquier persona de la empresa puede subir un documento, colocar campos de firma y enviarlo directamente a un cliente sin necesidad de abrir un proyecto de integración ni de registrar una solicitud de soporte de TI.

Un abogado individual puede enviarlo con la misma facilidad

Un abogado independiente puede enviar un contrato de provisión de fondos por la mañana y recibirlo firmado antes del almuerzo.

Múltiples documentos facturados a 0,049 € por ilustración de sobre.

La mayoría de los planes de firma electrónica cobran una tarifa mensual plana...

Muchos programas de firma electrónica diseñados para abogados cobran una tarifa mensual fija, independientemente de la cantidad de documentos que se procesen a través de ellos.

¡Pague por sobre en su lugar!

Firma.dev cobra por sobre, 0,049 € (unos 5 centavos de dólar), sin mínimo mensual ni tarifa por usuario. Una firma que envía tres contratos una semana y treinta la siguiente paga por lo que realmente envía.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Para cualquier pregunta sin respuesta, comuníquese con nuestro equipo de soporte por correo electrónico. Responderemos lo antes posible para ayudarle.

¿Es admisible una firma electrónica ante un tribunal?

Las firmas electrónicas son generalmente admisibles según ESIGN y UETA en los EE. UU., y bajo eIDAS en la UE y el Reino Unido, cuando el proceso de firma está debidamente documentado. Un rastro de auditoría que muestre la identidad del firmante, la marca de tiempo y la integridad del documento es lo que normalmente respalda la admisibilidad en un caso específico.

¿Se pueden firmar electrónicamente los documentos que requieren certificación ante notario?

Un documento que legalmente requiere notarización o presencialidad de testigos mantiene ese requisito independientemente del método de firma. Verifique la norma específica para el tipo de documento y la jurisdicción antes de asumir que un trámite puede realizarse de forma completamente electrónica.

¿Pueden firmar varias partes el mismo documento?

Sí. La firma secuencial o en paralelo funciona para documentos que necesitan firmas de un cliente, una parte contraria o varios socios, con visibilidad de en qué fase del proceso se encuentra cada firmante.

¿Reemplaza esto al asesoramiento jurídico sobre la validez de la firma electrónica para mi empresa?

No. Esta página cubre la orientación general sobre la legislación en materia de firma electrónica. Cualquier aspecto específico de una jurisdicción o vinculado a un requisito de presentación particular es un tema de conversación para un colegio de abogados o una aseguradora de responsabilidad profesional.

Preguntas frecuentes

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¿Es admisible una firma electrónica ante un tribunal?

Las firmas electrónicas son generalmente admisibles según ESIGN y UETA en los EE. UU., y bajo eIDAS en la UE y el Reino Unido, cuando el proceso de firma está debidamente documentado. Un rastro de auditoría que muestre la identidad del firmante, la marca de tiempo y la integridad del documento es lo que normalmente respalda la admisibilidad en un caso específico.

¿Se pueden firmar electrónicamente los documentos que requieren certificación ante notario?

Un documento que legalmente requiere notarización o presencialidad de testigos mantiene ese requisito independientemente del método de firma. Verifique la norma específica para el tipo de documento y la jurisdicción antes de asumir que un trámite puede realizarse de forma completamente electrónica.

¿Pueden firmar varias partes el mismo documento?

Sí. La firma secuencial o en paralelo funciona para documentos que necesitan firmas de un cliente, una parte contraria o varios socios, con visibilidad de en qué fase del proceso se encuentra cada firmante.

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No. Esta página cubre la orientación general sobre la legislación en materia de firma electrónica. Cualquier aspecto específico de una jurisdicción o vinculado a un requisito de presentación particular es un tema de conversación para un colegio de abogados o una aseguradora de responsabilidad profesional.

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¿Es admisible una firma electrónica ante un tribunal?

Las firmas electrónicas son generalmente admisibles según ESIGN y UETA en los EE. UU., y bajo eIDAS en la UE y el Reino Unido, cuando el proceso de firma está debidamente documentado. Un rastro de auditoría que muestre la identidad del firmante, la marca de tiempo y la integridad del documento es lo que normalmente respalda la admisibilidad en un caso específico.

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Sí. La firma secuencial o en paralelo funciona para documentos que necesitan firmas de un cliente, una parte contraria o varios socios, con visibilidad de en qué fase del proceso se encuentra cada firmante.

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No. Esta página cubre la orientación general sobre la legislación en materia de firma electrónica. Cualquier aspecto específico de una jurisdicción o vinculado a un requisito de presentación particular es un tema de conversación para un colegio de abogados o una aseguradora de responsabilidad profesional.

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